DERECHOS DE AUTOR Y SGAE


La SGAE comunica es que el canon se paga por “Bailes celebrados con motivo de bodas, bautizos y comuniones en los que el acceso de todos los asistentes se realice a través de invitación personal y no condicionada a contraprestación alguna.”
Según la SGAE la obligación de comunicar tanto por escrito como por mail el evento son los dueños de los establecimientos y son ellos quienes han de pagar dicho canon, independientemente de que el Dj sea contratado por los novios o por el establecimiento. Si por el contrario, estáis pensando en celebrar vuestra boda en una casa o finca familiar, no se debe pagar el canon.